¿Qué es?
La nómina es un recibo en el que la empresa acredita
el pago de las diferentes cantidades de dinero que conforman el sueldo del
trabajador.
Es decir, la nómina es el documento que certifica que
la compañía ha cumplido con abonar la remuneración a sus empleados.
Dicho certificado debe incluir los pagos extra y los
descuentos que correspondan de acuerdo a la ley. Esto último se refiere, por
ejemplo, a aquellas transferencias que van a un fondo (público o privado en
algunos países) para la futura jubilación.
El modelo más generalizado de nómina está constituido
por tres grandes bloques: encabezamiento, devengos y deducciones.
Encabezamiento
En el primer
bloque -el encabezamiento- debe constar la información principal. En el caso de
la empresa, es el nombre o razón social, el domicilio y el número de la
Seguridad Social.
Del mismo
modo, del trabajador se solicita su nombre y apellidos, número de afiliación a
la Seguridad Social y, sobre todo, tres datos clave:
- Categoría
profesional: Tipo de
labor que realiza de acuerdo a su formación, por ejemplo, practicante
profesional.
- Puesto de
trabajo: Indica
la tarea que desarrolla la persona en la empresa, por ejemplo, practicante
del área de marketing.
- Antigüedad
en la organización: Influye para determinar los abonos extra por antigüedad, ascensos,
premios o indemnizaciones en despidos.
Devengos
Son los pagos adicionales que percibe el trabajador por diferentes conceptos.
Existen dos tipos de devengos: los que cotizan a la Seguridad Social (debe descontarse un porcentaje) y los que están excluidos de cotización (sin descuento).
En este
sentido, hay que subrayar que el salario base no necesariamente lo establece la
empresa de forma arbitraria, sino que cada categoría profesional tiene fijado
un sueldo según un convenio colectivo. Esto, en caso la compañía cuente con un
fuerte sindicato.
Por lo tanto,
en ese caso, lo que marca la diferencia entre la remuneración de un empleado y
de otro, son los complementos salariales. Estos tienen diferentes
clasificaciones:
- Personales: Se
derivan de las condiciones del trabajador. Entre ellos están la
antigüedad, los conocimientos especiales (idiomas, titulaciones, etc) y
todos aquellos que la empresa quiera incluir.
- Por el puesto de trabajo: Son pagos adicionales asociados a algunos cargos (por peligrosidad,
por trabajar en horario nocturno, por una responsabilidad especial, etc).
- Por calidad/cantidad de trabajo: Aquí se incluyen los incentivos por rendimiento, objetivos
conseguidos, puntualidad, horas extra, entre otros.
- De vencimiento periódico superior al mes: Bajo este concepto se engloban las pagas extras y las posibles
participaciones en los beneficios anuales de la empresa.
- En especie: Todas
las percepciones que el trabajador reciba en bienes distintos del dinero
como casa, manutención, etc.
En los
devengos también deben constar las percepciones de carácter asistencial y
acción social de la empresa. Estos no forman parte del salario, pero cotizan a
la Seguridad Social. Aquí se incluyen todas las
ayudas de la compañía al trabajador (apoyo por hijos, permisos nupciales,
comedores, bono para la compra de vivienda, entre otros).
Finalmente,
llegamos a las percepciones que no cotizan la Seguridad Social. Las más
habituales son las dietas de viaje, los gastos de movilidad y las
indemnizaciones por traslado a otro centro de trabajo. Todas ellas se
consideran percepciones no salariales.
De la suma de las cantidades anteriores (salario base, complementos de todo tipo, acción social de la empresa y percepciones no salariales) se extrae la cantidad total de nuestra remuneración. Esto aparece como «total devengado».
Deducciones
Finalmente, se debe descontar lo que el trabajador debe pagar en tributos. En el caso de España, estas son las deducciones, por ejemplo, por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y por la Seguridad Social.
Así, una vez
descontados estos abonos al Estado, se determina el ingreso líquido del empleado.
Comentarios
Publicar un comentario